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JUSTICIA

Carlos Balcácer refuta criterios de Pochy Familia sobre caso Anthony Santos

Balcácer definió como lamentable el déficit jurídico del merenguero Familia.

Anthony Santos y Carlos Balcácer en la composición fotográfica.

En la composición fotográfica, Anthony Santos y Carlos Balcácer.

El abogado Carlos Balcácer, representante legal de Anthony Santos, refutó declaraciones del abogado y merenguero Pochy Familia en torno a la demanda declarada inadmisible, a favor del bachatero, en un sometimiento incoado en contra del popular bachatero por los sucesores legales del autor y compositor Tatico Henríquez.

La jueza consideró que el sometimiento por la vía penal en este caso debió ser sometido por Tatico Henríquez y no por sus sucesores, pero que como éste no está vivo, el sometimiento debió introducirse por la vía civil, no penal.

El merenguero y abogado Pochy Familia sostuvo que los demandantes tienen derecho a usar cualquier vía para llevar a cabo la demanda. Atribuyó a desconocimiento de la magistrada la decisión a favor del Mayimbe. 

Ante estas consideraciones, el doctor Balcácer procedió a exponer su verdad jurídica en 4 puntos, que siguen a continuación.

"Las declaraciones rendidas por el músico retirado a LD, señor Familia, exhiben un lamentable déficit jurídico, partiendo de las siguientes vertientes:

1. Todo abogado que no ha tenido en sus manos una resolución o sentencia, debe de orientarse -antes de emitir juicio- del contenido del fallo rendido, para no caer en inexactitudes.

2. Si bien es verdad que la ley no. 65 del año 2000 dispone el monopolio de los herederos o causahabientes a incoar su pretensiones jurídicas por las vías penal y civil, también es más verdad, y eso es lo que ignora el referido señor Familia, +

3. Y, él debió orientarse en cuanto a que tampoco Julio García ni la viuda de Tatico Henríquez -Elba Chaljub- abrieron la sucesión o determinación de herederos, si es que pensamos otorgarle razón a dicho Abogado.

4. Y por último -y eso es lo peor- un documento notarial auténtico que transitaron los Querellante al redil, está cargado de perjurio, porque se declaró bajo la fe del juramento, ante notario, que Domingo García, alias Tatico Henríquez, solamente había procreado un hijo de nombre Julio García, lo cual devino en mentira, dado que los mismos querellantes admitieron ante la jueza, que habían seis hijos más de Tatico Henríquez, procurando con las primeras afirmaciones notariales, tomarle el pelo a la jueza, independientemente, que se presentó al salón de audiencias -ya acreditada como prueba nueva- la única hija que reconoció en vida el apodado Tatico Henríquez”.