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Hijos de mujeres fallecidas por feminicidio podrían recibir pensión especial, según proyecto de ley

De acuerdo a la iniciativa la pensión será de un salario mínimo hasta cumplir 18 años de edad, así como su incorporación en los servicios médicos subsidiados por el Estado dominicano.

Los feminicidios son una de las violaciones de derechos humanos más graves.

Los feminicidios son una de las violaciones de derechos humanos más graves.

La comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados estudia, desde el año pasado, un proyecto de ley que establece una pensión extraordinaria para los hijos e hijas de mujeres fallecidas a consecuencia de la violencia contra las mujeres y feminicidios.

De acuerdo a la iniciativa de la diputada por Santiago, Magda Rodríguez, la pensión será de un salario mínimo hasta cumplir 18 años de edad, así como su incorporación en los servicios médicos subsidiados por el Estado dominicano.

“Este beneficio no podrá ser otorgado al causante de la muerte en ningún caso”, dice el artículo 7.

Para optar por este dinero, el menor de edad debe ser hijo biológico o adoptivo de la madre fallecida, conviviente sea o no su padre biológico; tener fijada su residencia permanente en el territorio dominicano, “la mudanza a otro país por más de un año pone fin a esta protección, con excepción de aquellos traslados que en ocasión de situaciones de salud sean necesarios”.

La legisladora establece, dentro de sus consideraciones para promover esta ley, que la República Dominicana es uno de los 7 países de la Latinoamérica donde más mujeres son asesinadas cada año, la mayoría de los casos por sus parejas, exparejas o padres de sus hijos.

Además, que datos del Informe Nacional de Desarrollo Humano destacan que el 46% de niños y niñas menores de 9 años viven en la pobreza, lo que equivale a uno 844,176 niños y niñas.

También que el Gabinete de coordinación de Políticas Sociales y el Ministerio de la Mujer han reportado que en los últimos 5 años han identificado 450 niñas y niños en situación de orfandad lo que contraviene y vulnera derechos esenciales tras la pérdida de sus progenitores y la ausencia de familiares que los incorporen a un nuevo núcleo familiar.